Nueva sentencia que declara la nulidad de una tarjeta de crédito tipo «revolving» adquirida en el año 2006 al considerarse usurario el TAE del 24,5% fijado en contrato, si bien se llegó a aplicar un TAE del 27,50%.
Si tienes una tarjeta revolving con un interés que consideras excesivo, podemos valorar la nulidad del contrato por usura.