Defendemos a compradores de vivienda que entregaron cantidades a cuenta a promotoras sin las garantías legalmente exigidas, logrando la devolución íntegra de lo abonado.
La Ley 57/1968 (y posteriormente la Ley de Ordenación de la Edificación) obliga a los promotores a garantizar mediante aval o seguro las cantidades entregadas a cuenta por los compradores de vivienda antes de la finalización de la construcción. Cuando la promotora incumple esta obligación y la vivienda no llega a entregarse en plazo o la promoción no se concluye, el comprador tiene derecho a reclamar la devolución de todo lo entregado, incluso frente a la entidad bancaria donde se ingresaron esas cantidades si no exigió la constitución de la garantía.
En Bazaga Legal hemos gestionado numerosos casos de recuperación de cantidades entregadas a promotoras incumplidoras, dirigiendo la reclamación tanto contra la promotora como, cuando procede, contra la entidad financiera responsable de no haber exigido el aval correspondiente.